En este sentido, el titular de la dependencia, Guillermo Aréchiga Santamaría, resaltó que este acuerdo constituye uno de los instrumentos que permite luchar contra la desigualdad y favorece la inclusión social, al ser una contraprestación por un servicio recibido, debiendo ser justo y razonable.
“Recordemos que uno de los problemas que enfrenta la ciudadanía al momento de solicitar el servicio de arrastre o salvamento vehicular, es la incertidumbre que genera la escasez de información clara y precisa sobre el costo real que representa el uso de este servicio, por lo que desde ahora eso se terminó”, recordó Aréchiga Santamaría.
El acuerdo determina que la tarifa para el servicio de arrastre y arrastre y salvamento, considere el tipo de grúa a utilizarse de acuerdo a la necesidad del usuario. En tal sentido, debe recordarse, que en la normatividad federal “ACLARACIÓN a la NOM-053-SCT-2-2010” se establece cuáles son los tipos de grúas, diferenciándolas entre grúas de pluma y de plataforma.
Con este acuerdo, el Gobierno del Estado da certeza a los usuarios para contar con tarifas establecidas que combatan los abusos, la corrupción y las extorsiones que se daban anteriormente; además, representa uno de los compromisos cumplidos en beneficio de la sociedad, por lo que la SMT tiene la responsabilidad de vigilar que la normativa se cumpla apegada a derecho.